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ESCUDO DEL SISTEMA NACIONAL DE BOMBEROS

 

El 21 de agosto del año 2012 se expidió la Ley 1575, Ley General de Bomberos de Colombia, la cual establece que La Dirección Nacional de Bomberos, es la autoridad en materia Bomberil en todo el territorio Colombiano y le compete planificar, dirigir, controlar, coordinar y acompañar la actividad de los Cuerpos de Bomberos del país, para la debida implementación de las políticas y normativas que se formulen en materia de gestión integral del riesgo contra incendios, los preparativos y atención de rescates en todas sus modalidades y la atención de incidentes con materiales peligrosos.

La mencionada Ley, en su artículo 1 señala “La gestión integral del riesgo contra incendio, los preparativos y atención de rescates en todas sus modalidades y la atención de incidentes con materiales peligrosos es responsabilidad de todas las autoridades y de los habitantes del territorio colombiano, en especial, los municipios, o quien haga sus veces, los departamentos y la Nación. Esto sin perjuicio de las atribuciones de las demás entidades que conforman el Sistema Nacional para la Prevención y Atención de Desastres.”

En el artículo 2 señala que “La gestión integral del riesgo contra incendio, los preparativos y atención de rescates en todas sus modalidades y la atención de incidentes con materiales peligrosos, estarán a cargo de las instituciones bomberiles y para todos sus efectos, constituyen un servicio público esencial a cargo del Estado. Es deber del Estado asegurar su prestación eficiente a todos los habitantes del territorio nacional, en forma directa a través de Cuerpos de Bomberos Oficiales, Voluntarios y Aeronáuticos.”

El Ministerio del Interior expidió la Resolución 0661 de 2014 por la cual se adopta el Reglamento Administrativo, Operativo, Técnico y Académico de los Bomberos de Colombia.

En sesión de la Junta Nacional de Bomberos realizada los días 25 y 26 de junio de los corrientes por unanimidad se adoptó la modificación de los artículos 100 y 101 de la resolución 0661 de 2014 en donde se especifican los símbolos e insignias de los bomberos de Colombia.

       
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UU

.El 5 de agosto del año 2014 se expidió la Ley 0015, Ley General de Bomberos de Colombia, la cual establece que La Dirección Nacional de Bomberos, es la autoridad en materia Bomberil en todo el territorio Colombiano y le compete planificar, dirigir, controlar, coordinar y acompañar la actividad de los Cuerpos de Bomberos del país, para la debida implementación de las políticas y normativas que se formulen en materia de gestión integral del riesgo contra incendios, los preparativos y atención de rescates en todas sus modalidades y la atención de incidentes con materiales peligrosos.

Por ende se le otorga al Cuerpo de Bomberos vVoluntarios de la Tebaida el derecho y plenitud de construir el escudo institucional, siguiendo las normas de la ley 100 de la resolución 0015 de 2014.

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BANDERA INSTITUCIONAL

 

La Bandera de los Bomberos de Colombia, es de forma rectangular con una división en color rojo recordándonos siempre la
lucha contra las llamas, y otra en color blanco que simboliza el uso del agua en la extinción del fuego, el centro lleva el
escudo de los Bomberos de Colombia que de acuerdo a su uso o empleo tiene otras aplicaciones.
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