LEY GENERAL DE BOMBEROS DE COLOMBIA
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La Ley 1575 del 21 de agosto de 2012, por medio de la cual se establece la Ley General de Bomberos de Colombia crea una estructura bomberil a nivel nacional, departamental y distrital, con funciones especificas. La Ley establece el Fondo Nacional de Bomberos para fortalecer y dotar de recursos a los Cuerpos de Bomberos en todo el país, con ingresos provenientes de las aseguradoras y presupuestos gubernamentales. En un plazo de un año se pondrá en marcha la Escuela Nacional de Bomberos y las Escuelas Regionales de Bomberos para profesionalizar este oficio, definido como un servicio público. La recién aprobada normatividad, que deroga la Ley 322 de 1996, establece las funciones de los Cuerpos de Bomberos y precisa además las responsabilidades para la gestión integral del riesgo contra incendio, los preparativos y atención de rescates en todas sus modalidades; así como la atención de incidentes con materiales peligrosos. En Colombia, la actividad bomberil es considerada de alto riesgo. Todos los bomberos tendrán seguridad social y un seguro de vida |
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Además establece: 1. Los Cuerpos de Bomberos pueden ser Oficiales, Voluntarios y Aeronáuticos. Únicamente pueden operar si cumplen 2. Los Cuerpos de Bomberos gozarán de beneficios tributarios y quedarán exentos de cancelar el impuesto de renta. 3. Los bomberos estarán sometidos al régimen disciplinario (ley 734 de 2002). 4. La denominación “bomberos” es exclusiva de los cuerpos de bomberos oficiales o voluntarios o Se crea el Registro Único Nacional de Estadísticas de Bomberos (RUE). 1. La responsabilidad en prevención de incendios, incidentes con materiales peligrosos y cualquier emergencia es 2. La gestión integral del riesgo contra incendio estará cargo de las instituciones bomberiles. 3. Los bomberos de Colombia forman parte integral del Sistema Nacional para la Prevención y Atención de Desastres. 6. Las Juntas Departamentales de Bomberos. La Confederación Nacional de Cuerpos de Bomberos. La Delegación 7.La Confederación Nacional de Cuerpos de Bomberos, representa gremialmente el sector. La Junta Nacional de Bomberos actuará como organismo decisor de los recursos del Fondo Nacional de Bomberos y Se crea la Delegación Nacional de Bomberos cuya función es elegir los delegados de las juntas departamentales y |
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Cuerpo de Bomberos Voluntarios de la Tebida Quindio Calle 7 Esquina Tel. (6)7542333-7541312 Cel.3104681386 |